LEY DE CONVIVENCIA VIAL: TODO LO QUE TIENES QUE SABER DE LA NUEVA LEGISLACIÓN

LEY DE CONVIVENCIA VIAL: TODO LO QUE TIENES QUE SABER DE LA NUEVA LEGISLACIÓN
Quizás no volvamos a usar caballos y carruajes en un futuro cercano, pero las personas estamos empezando a darnos cuenta de que las ciudades, con sus espacios y rutas de conexión, son para las personas que las habitamos. Problemas de tránsito y contaminación pueden minimizarse con una muy buena planificación urbana que contemple el diseño amigable y respetuoso del espacio público.
15-11-2018
El pasado domingo 11 de noviembre, tras varios meses de cambios y tramitación en el Congreso, comenzó a regir la Ley de Convivencia Vial. En el marco de este gran cambio, te invitamos a reflexionar sobre tus elecciones de transporte diarias y a conocer las principales modificaciones que introduce este nuevo marco regulatorio.

En esta línea, la Ley de Convivencia Vial modifica la actual Ley de Tránsito, buscando mejorar la relación de los distintos modos de transporte que circulan en la ciudad y reducir los accidentes de las vías de tránsito. Para este propósito, la generación de hábitos más responsables por parte de las personas y la educación vial se vuelven elementos fundamentales.

A continuación, destacamos algunos de los principales puntos de la Ley:

- Distingue entre vehículos motorizados y no motorizados a lo largo de toda la Ley de Tránsito.
- Crea la categoría de Ciclos, y agrupa en un capítulo especial todas las normas relacionadas a bicicletas, triciclos, patines y patinetas, bicitaxis, cargobikes y otros.
- Establece el uso obligatorio de ciclovías existentes y certificadas por el Ministerio de Transportes, quien tendrá 8 meses para comunicar las que cumplan los estándares correspondientes.
- En ausencia de ciclovía certificada, los ciclos deben circular por la calzada, por pista derecha, salvo excepciones establecidas.
- Podrán circular por vereda: niños y niñas hasta 14 años, adultos que llevan niños de hasta 7 años, adultos mayores y personas con discapacidad o movilidad reducida, o cualquier ciclista cuando las condiciones climáticas o de circulación hagan riesgoso circular por ciclovía y calzada.
- Crea una línea de detención adelantada para bicicletas y motos, en los cruces con semáforos. Para acceder a ésta, ciclos y motos pueden adelantar a los vehículos motorizados detenidos, por ambos costados.
- Facilita a los municipios la creación de zonas de tráfico calmado (20, 30 o 40 k/h) en entornos residenciales, escolares, hospitalarios, comerciales y de alto flujo peatonal.
- Obliga a los motorizados a dejar 1,5 metros de distancia en toda la maniobra de adelantamiento a ciclos (atrás, al lado, delante).
- Reducción de velocidad máxima urbana de 60 a 50 k/h.

¿Sabías que, según datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, en el año 2017 tuvimos 1.483 fallecidos por siniestros de tránsito, de los cuales el 53% fueron peatones, ciclistas y motociclistas? Es importante que tomar conciencia de que existen otras alternativas para viajar tranquilos y seguros a nuestros destinos.

Y tú, ¿en qué medio de transporte te desplazas? Te invitamos a subirte a la bicicleta y tomar todas las precauciones para cumplir la nueva ley. Recuerda que es energía limpia, barata y, en muchos casos, un medio más rápido que el transporte por carretera, que ofrece importantes beneficios para la salud de las personas y del planeta.

Nota: UC Sustentable